Obligatoriedad de la ITV en coches de renting
La inspección técnica de vehículos es una revisión obligatoria para garantizar el mantenimiento preventivo de todos los vehículos en circulación. Tanto los coches en propiedad como los vehículos de renting están obligados a pasar esta revisión periódicamente para comprobar su estado general y certificar el buen funcionamiento de los elementos de seguridad.
Los coches nuevos están exentos de pasar la ITV durante los 4 primeros años desde la primera matriculación. A partir de esta fecha, la ITV se pasa cada dos años, y anualmente si el vehículo tiene más de 10 años.
Estos períodos varían ligeramente en el caso de los vehículos ligeros destinados al transporte de mercancías con un MMA inferior a 3.500 kilos. Estos vehículos deberán pasar la primera ITV a los dos años de su primera matriculación, de forma bianual entre los 2 y los 6 años, anualmente entre los 6 y los 10 años y cada 6 meses a partir de los 10 años.
¿Cómo pasar la ITV a un coche de renting?
Teniendo en cuenta que el contrato de renting tiene una duración de entre meses y años, es bastante probable que, durante la vigencia de este, el vehículo tenga que pasar la ITV. En los alquileres convencionales (corta duración), es la empresa propietaria la que se encarga de realizar todos estos trámites. Pero lo habitual en la ITV de los coches de renting es que sea el titular del contrato o su conductor habitual el que realice estas gestiones. Con todo, el pago de las tasas correspondientes se le imputará a la empresa de renting (normalmente, incluido en la cuota mensual).
Salvo que se especifiquen otras condiciones en el contrato (como la recogida y la entrega del vehículo), el usuario será el encargado de pedir cita en el centro de inspección y llevar el coche en el momento que más le convenga, siempre dentro de los plazos obligatorios. En este aspecto, es importante subrayar que el titular del renting se compromete a realizar un uso correcto del vehículo, por lo que no pasarle la ITV podría ser considerado un motivo de incumplimiento de contrato.
¿Qué sucede si el coche de renting no pasa la ITV?
Pasar la ITV dentro de los plazos establecidos es obligatorio para todos los vehículos, incluidos los de renting. Circular sin haber pasado esta revisión puede conllevar la inmovilización del vehículo y a una multa de 200 euros.
Por otro lado, puede darse la circunstancia de que la ITV del coche de renting haya sido desfavorable y que el vehículo necesite algún tipo de reparación antes de volver a realizar la inspección. En estos casos, el titular del contrato debe ponerse en contacto con la empresa de renting: si no se trata de un fallo derivado de un mal uso del vehículo, algunas de estas reparaciones también están cubiertas por contrato.