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Puntos de recarga de coches eléctricos: normativa para las grandes empresas

El cambio a las flotas eléctricas supone un gran paso para cualquier empresa desde el punto de vista del ahorro. Sin embargo, esta transición exige tener en cuenta algunas particularidades entre las que destaca la instalación de puntos de recarga de coches eléctricos.

Particularidades de la instalación de puntos de recarga de coches eléctricos

Con una oferta de vehículos eléctricos cada vez más extensa, la conversión de las flotas tradicionales en flotas eléctricas está a la orden del día. Las estaciones de carga de vehículos eléctricos son una prioridad para las grandes empresas que necesitan tener sus flotas siempre disponibles y listas para ponerse en ruta, pero ¿qué necesitas para incluir estos puntos de recarga en tus instalaciones?

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La gestión de una de estas estaciones está sometida a la normativa sobre instalación de puntos de recarga de coches eléctricos. Tanto la instalación como la gestión se pueden realizar de dos formas:

  • Incluir un punto de recarga autogestionado. Tendrás que hacer un estudio previo sobre las rutas de la flota, la velocidad de recarga óptima y la potencia necesarias, así como contar con un proyecto de planificación, diseño y ejecución ajustado a los protocolos y normativas de carga (normativa ICT BT 52).

  • Suscribir un acuerdo con un operador de recarga que se encargue de gestionar todo el proyecto, con la posibilidad de poder abrir esos cargadores al público para rentabilizar la inversión. Este tipo de estaciones de carga en la empresa ofrecen la ventaja de un respaldo técnico especializado, un mantenimiento garantizado y un sistema de supervisión detallado que permite optimizar el uso de los puntos de recarga.

¿Cómo afecta a tu empresa la normativa sobre estaciones de carga de vehículos eléctricos?

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El pasado 1 de enero entraba en vigor la nueva normativa de instalación de puntos de recarga de coches eléctricos. Esta no afecta únicamente a empresas, sino que es de obligado cumplimiento también para los edificios que no son de uso residencial privado, como fábricas, centros deportivos, oficinas, supermercados o infraestructuras sanitarias.

Dependiendo de la actividad de tu empresa, es posible que estés obligado a incluir un punto de recarga en tus instalaciones, con independencia del tipo de flota que utilices. Estos son algunos de los supuestos sujetos a esa obligatoriedad:

  • Hasta 1.000 plazas de aparcamiento, una estación de recarga por cada 40 plazas.
  • Más de 1.000 plazas de aparcamiento, un punto de recarga extra por cada 100 plazas.
  • En edificios públicos (titularidad del Estado), una estación por cada 20 plazas de aparcamiento.
  • En empresas de suministro de combustible con más de 10 millones de litros de venta anuales, una estación de recarga.

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