La aprobación del Real Decreto-ley 7/2026 acelera el calendario de la Ley de Movilidad Sostenible y reduce de 24 a 12 meses el plazo para implantar el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo. Para muchas empresas, la cuenta atrás para adaptarse a la nueva normativa ya ha comenzado.
Desde Arval observamos que este cambio normativo está generando un creciente interés entre responsables de recursos humanos, prevención y gestión de flotas, que buscan entender qué implicaciones tiene la nueva ley y cómo empezar a preparar su organización para cumplir con los nuevos requisitos.
¿Qué es la Ley de Movilidad Sostenible?
La Ley de Movilidad Sostenible establece el marco normativo que regula cómo deben organizarse los desplazamientos en España (BOE-A-2025-24545), incluyendo la movilidad asociada al trabajo, con el objetivo de mejorar la sostenibilidad, la seguridad vial y la eficiencia del sistema de transporte.
La norma busca transformar la forma en que se planifica la movilidad en el país, integrando políticas públicas y privadas para reducir emisiones, mejorar la seguridad vial y fomentar modelos de transporte más eficientes.
Uno de los aspectos más relevantes de esta ley es el papel que atribuye a las empresas en la gestión de la movilidad cotidiana. Los desplazamientos asociados al trabajo pasan a considerarse un ámbito donde las organizaciones pueden actuar directamente para mejorar la seguridad vial, reducir emisiones y optimizar los desplazamientos de sus trabajadores. La ley introduce precisamente esta lógica: pasar de una movilidad laboral no gestionada a una movilidad planificada, donde las empresas analizan los desplazamientos y adoptan medidas para hacerlos más seguros, eficientes y sostenibles.
¿Qué cambia con el RDL 7/2026?
El RDL 7/2026 introduce cambios relevantes en la aplicación de la Ley de Movilidad Sostenible: adelanta su entrada en vigor, reduce los plazos de implantación del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo y refuerza su alcance dentro de la gestión empresarial.
La convalidación del decreto en el Congreso marca el inicio de una nueva fase en la aplicación de la normativa. Aunque la ley ya establecía la obligación de implantar planes de movilidad en determinados centros de trabajo, el nuevo decreto acelera su aplicación práctica y reduce el tiempo disponible para adaptarse.
En términos prácticos: la Ley 9/2025 entró en vigor el 5 de diciembre de 2025. El RDL 7/2026 redujo el plazo de cumplimiento de 24 a 12 meses contados desde esa fecha, lo que sitúa la fecha límite para tener el plan implantado en el 5 de diciembre de 2026.
Nuevos plazos y aspectos de la Ley de Movilidad Sostenible:
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ASPECTO |
REQUISITO ESTABLECIDO POR LA NORMATIVA |
QUÉ IMPLICA PARA LAS EMPRESAS |
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Entrada en vigor del marco regulatorio |
5 de diciembre de 2025 |
A partir de esta fecha comienza el calendario para implantar los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo. |
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Plazo de implantación del plan |
12 meses desde la entrada en vigor. Vence diciembre 2026 |
Las empresas deberán diseñar, negociar e implantar su plan dentro de ese periodo. |
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Centros obligados a tener plan |
Más de 200 trabajadores |
Centros de trabajo con grandes plantillas deberán analizar y gestionar los desplazamientos laborales. |
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Centros con turnos de trabajo |
Más de 100 trabajadores por turno |
También deberán implantar un plan de movilidad sostenible. |
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Contenido mínimo del plan |
Diagnóstico de movilidad, análisis de riesgos, medidas de mejora |
Las empresas deberán estudiar cómo se desplaza la plantilla y definir acciones para mejorar seguridad y sostenibilidad. |
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Seguridad vial laboral |
Integración obligatoria en el plan |
Los desplazamientos al trabajo deben analizarse como parte de la prevención de riesgos laborales. |
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Negociación interna |
Obligatoria con la representación de los trabajadores |
El plan debe negociarse con la RLT o con una comisión negociadora. |
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Seguimiento del plan |
Informes periódicos de implantación |
Las empresas deberán evaluar periódicamente los resultados de las medidas adoptadas. |
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Coordinación con administraciones |
Posible coordinación con municipios o comunidades autónomas |
Especialmente en centros de alta ocupación o grandes polos empresariales. |
Adelanto de la entrada en vigor
El RDL 7/2026 redujo el plazo para implantar el PMST de 24 a 12 meses desde esa fecha, fijando la fecha límite de cumplimiento en el 5 de diciembre de 2026.
Esto implica que muchas empresas deberán iniciar con antelación el diagnóstico de sus patrones de desplazamiento y la planificación de medidas. En la práctica, elaborar un plan de movilidad requiere analizar datos de desplazamientos, identificar riesgos y definir soluciones que puedan aplicarse de forma realista dentro de la organización.
Reducción del plazo de implantación
El plazo para diseñar, negociar e implantar el Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo se reduce de 24 a 12 meses.
Mientras que el calendario inicial contemplaba dos años para desarrollar estos planes, el nuevo marco reduce ese periodo a solo un año. Esto implica que las empresas deberán acelerar varias fases del proceso: el análisis de los desplazamientos de la plantilla, la identificación de riesgos asociados a la movilidad y el diseño de medidas que permitan mejorar la seguridad y la sostenibilidad de los trayectos al trabajo.
Integración de la seguridad vial laboral
La seguridad vial laboral deberá formar parte de los planes de movilidad, con el objetivo de prevenir accidentes de tráfico relacionados con los desplazamientos al trabajo y mejorar la gestión de riesgos. Los accidentes de tráfico representan una parte significativa de la siniestralidad laboral, especialmente en los trayectos entre el domicilio y el centro de trabajo.
Por este motivo, la ley establece que los planes de movilidad deben incluir medidas específicas orientadas a reducir estos riesgos. Esto puede implicar analizar horarios de entrada y salida para evitar picos de tráfico, fomentar medios de transporte más seguros o promover alternativas al vehículo privado cuando sea posible.
Negociación con la representación de los trabajadores
El PMST debe negociarse con la representación legal de los trabajadores o con una comisión negociadora, integrando la movilidad dentro del diálogo social de la empresa.
Las empresas no solo deberán diseñar las medidas de movilidad, sino también acordarlas con los representantes de la plantilla, lo que exige un análisis y planificación que permita presentar propuestas realistas y alineadas con la realidad del centro de trabajo.
¿A qué empresas afecta la Ley de Movilidad Sostenible?
La obligación se aplica por centro de trabajo, no por empresa en su conjunto. La normativa establece criterios concretos para determinar qué centros deben implantar estos planes, actuando sobre aquellos donde la movilidad diaria de los trabajadores tiene mayor impacto en términos de tráfico, emisiones y seguridad vial:
- Centros con más de 200 personas trabajadoras
Este requisito busca abordar los impactos asociados a grandes centros laborales, donde la movilidad diaria puede generar problemas de congestión, emisiones y seguridad vial.
- Centros con más de 100 personas por turno
Este criterio tiene en cuenta que, incluso en organizaciones con plantillas más reducidas, la concentración de desplazamientos en determinados horarios puede generar un impacto significativo en el entorno.
- Centros de alta ocupación.
Que pueden verse afectados por obligaciones adicionales.
En estos casos, los planes de movilidad empresarial deberán coordinarse con la planificación de movilidad de los municipios y de las comunidades autónomas, con el objetivo de mejorar la gestión global de los desplazamientos en el entorno.
¿Qué debe incluir un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo?
El Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo es una herramienta que permite a las empresas analizar cómo se producen los desplazamientos de su plantilla y definir medidas para hacerlos más seguros, eficientes y sostenibles. Para ello se realizan los siguientes pasos:
Diagnóstico de los desplazamientos
Analiza cómo se desplazan los trabajadores hasta el centro de trabajo: los medios de transporte utilizados, distancias recorridas, los horarios de movilidad y los factores que influyen en estos trayectos. En muchos casos, este análisis se realiza mediante encuestas internas, estudios de accesibilidad y análisis de datos de movilidad.
A partir de ese diagnóstico, el plan debe localizar los riesgos asociados a los desplazamientos laborales: accidentes de tráfico, congestión en los accesos, largos tiempos de desplazamiento o estrés asociado a la movilidad diaria. Identificar estos riesgos permite definir medidas específicas para reducirlos y mejorar la seguridad vial laboral.
Medidas para mejorar la movilidad laboral
A partir del diagnóstico, el plan debe definir acciones orientadas a mejorar los desplazamientos al trabajo, reduciendo emisiones, aumentando la seguridad vial y facilitando alternativas al vehículo privado. Entre las medidas que suelen incorporarse en los planes de movilidad se encuentran:
- Flexibilidad horaria para evitar picos de tráfico.
- Fomento del transporte colectivo.
- Promoción de la movilidad activa (bicicleta o desplazamientos a pie)
- Políticas de teletrabajo.
- Optimización de los desplazamientos profesionales.
Según el Arval Mobility Observatory, el 64% de los trabajadores en España se desplaza al trabajo en coche privado. Por este motivo, los planes de movilidad suelen incluir medidas relacionadas con la renovación de flotas, la electrificación de vehículos o la adopción de soluciones de renting sostenible.
Seguimiento y evaluación del plan
La normativa establece que las empresas deberán realizar un seguimiento periódico de las medidas adoptadas, evaluando su impacto y realizando ajustes cuando sea necesario.
Esto puede implicar:
- Revisiones periódicas del plan.
- Informes de implantación.
- Medición de indicadores de movilidad.
- Análisis de la evolución de los desplazamientos laborales.
Este seguimiento es fundamental para que el plan no se convierta simplemente en un documento formal, sino en una herramienta real de gestión de la movilidad empresarial.
¿Qué ocurre si una empresa no cumple la ley?
Aunque el desarrollo completo del régimen sancionador dependerá de la aplicación normativa en cada ámbito, las empresas que no implanten los planes obligatorios podrían enfrentarse a diferentes tipos de consecuencias:
- Sanciones administrativas
- Dificultades para acceder a determinadas ayudas públicas
- Problemas en materia de prevención de riesgos laborales
- Impacto reputacional en materia de sostenibilidad
Además, la falta de gestión de la movilidad laboral puede aumentar los riesgos asociados a los desplazamientos de los trabajadores, especialmente en lo relativo a la seguridad vial.
De obligación normativa a oportunidad estratégica
Gestionar de forma planificada la movilidad asociada al trabajo permite a las organizaciones entender mejor cómo se producen los desplazamientos de su plantilla y qué oportunidades existen para optimizarlos. Entre los beneficios que pueden obtenerse destacan la reducción de emisiones, la mejora de la seguridad vial, la optimización de los desplazamientos laborales y la mejora del bienestar de los trabajadores.
Cómo cumplir con la normativa del PMST con Arval
Desde Arval Consulting acompañamos a las empresas en este proceso mediante nuestra metodología STAR, que permite abordar la movilidad corporativa de forma estructurada.
Este enfoque combina:
- Análisis de la movilidad existente
- Identificación de riesgos y oportunidades
- Definición de medidas adaptadas
- Seguimiento de la implantación
Preguntas frecuentes sobre la Ley de Movilidad Sostenible
¿Mi empresa está obligadas a tener un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo?
La obligación de implantar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo afecta a centros de trabajo con más de 200 empleados o a aquellos con más de 100 trabajadores por turno.
¿Cuándo entra en vigor la ley y cuál es el plazo para implantar el plan?
La Ley 9/2025 entró en vigor el 5 de diciembre de 2025. El RDL 7/2026 redujo el plazo de 24 a 12 meses desde esa fecha. La fecha límite para tener el plan implantado es el 5 de diciembre de 2026.
¿Qué debe incluir un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo?
Un PMT debe analizar cómo se producen los desplazamientos de la plantilla, identificar riesgos asociados a la movilidad laboral y definir medidas para mejorar la seguridad, la eficiencia y la sostenibilidad de los trayectos al trabajo.
¿Qué pasa si una empresa no cumple la Ley de Movilidad Sostenible?
El incumplimiento de las obligaciones puede implicar sanciones administrativas, problemas en materia de prevención de riesgos laborales o dificultades para acceder a determinadas ayudas públicas.
¿Los planes de movilidad deben negociarse con los trabajadores?
Sí. El Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo debe negociarse con la representación legal de los trabajadores o, si no existe, con una comisión negociadora con participación sindical.
¿El plan debe coordinarse con la planificación pública de movilidad?
Sí. Los planes de movilidad empresarial deben tener en cuenta los planes de movilidad de la administración local o autonómica cuando existan.
¿Qué tipo de medidas suelen incluir los planes de movilidad empresarial?
Los planes de movilidad incluyen medidas como transporte colectivo, movilidad activa, teletrabajo, uso compartido del coche o transición hacia vehículos de bajas emisiones.
La nueva Ley de Movilidad Sostenible supone un cambio relevante en la forma en que las empresas deben gestionar los desplazamientos asociados al trabajo. Con plazos más reducidos y nuevas obligaciones regulatorias, anticiparse será clave para cumplir con la normativa y mejorar la movilidad corporativa.